interNOSTRUM

 

Concierto General.

Especialidad en Seguridad en el Trabajo.
 
Especialidad en Higiene Industrial.
 
Especialidad en Ergonomía y Psicosociología
 
Vigilancia de la Salud.
 
Manual de Autoprotección.

· CONCIERTO GENERAL

 

1.1. Definición del Sistema de prevención

1.2. Establecimiento del Plan general de prevención.

Constitución o revisión del modelo de organización preventiva. Organización de los recursos preventivos y órganos participativos de la prevención, nombramientos, definición de sus funciones y responsabilidades.

1.3. Evaluación inicial de riesgos.

Realización o revisión en su caso de la evaluación correspondiente de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Toma de datos y entrega del informe.

1.4. Elaboración de Planes y Programas anuales de actuaciones preventivas.

Diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva

1.5. Elaboración del protocolo de Actuación y coordinación de actividades preventivas.

Diseño, aplicación y coordinación de los protocolos de Actuación y coordinación de actividades preventivas

1.6. Diseño del Plan de información y consulta de los trabajadores

            1.6.1. Programación.

            1.6.2. Desarrollo

            De acuerdo con el programa aprobado por la empresa.

1.7. Programa de adquisición de bienes.

Diseño del Programa, aprobación y aplicación

1.8. Programas de formación sobre los riesgos generales.

            1.8.1. Programación

Formación de los responsables de prevención, mandos y delegados de prevención. Formación del resto de trabajadores a la finalización de la evaluación de riesgos.

            1.8.2. Desarrollo.

            Conforme con el programa aprobado por la empresa.

1.9. Programa de análisis de investigación de accidentes y enfermedades profesionales.

1.9.1 Definición de la sistemática e implantación de la sistemática.

1.9.2. Investigaciones de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

1.10. Diseño y mantenimiento de programas de seguimiento estadístico de la siniestralidad registrada y factores correctores.

            A incluir en la memoria anual.

1.11. Memorial Anual.

  

· CONCIERTO ESPECIALIDAD DE SEGURIDAD

 

2.1. Evaluación de riesgos

Realización o revisión en su caso de la evaluación correspondiente de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Toma de datos y entrega del informe.

2.2. Determinación de las prioridades en la adaptación de las medidas preventivas.

Determinación de las prioridades en relación a estas medidas de prevención a adoptar.

2.3. Asesoramiento y supervisión del control de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas por el empresario.

Visitas periódicas a la empresa para el control de la eficacia de la información, formación y las medidas y actividades preventivas implantadas.

2.4. Programas de formación sobre riesgos específicos.

            2.4.1. Programación

Definición de los cursos a realizar.

            2.4.2. Desarrollo.

            De acuerdo con el programa aprobado por el empresario.

2.5. Análisis de las necesidades de actuaciones en caso de emergencia.

Toma de datos, redacción documental, y aprobación por el empresario.

Simulacros y controles de acuerdo con las medidas establecidas.

2.6. Elaboración de Planes de Autoprotección y/o emergencia.

            Redacción documental, aprobación y designación de nombramientos.

Simulacros y controles de acuerdo con las medidas establecidas.

Conforme con la planificación aprobada por el empresario.

 

 CONCIERTO ESPECIALIDAD DE HIGIENE INDUSTRIAL

 

3.1. Evaluación de riesgos.

Realización o revisión en su caso de la evaluación correspondiente de los factores de los riesgos de enfermedades profesionales, en función de la estrategia de medición, la producción, los requisitos reglamentarios establecidos y la evaluación general.

3.2 Determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas.

Determinación de las prioridades en relación a estas medidas de prevención de enfermedades profesionales.

3.3. Asesoramiento y supervisión del control de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas por el empresario.

            Visitas periódicas a la empresa para el control de la eficacia de la información, formación y las medidas y actividades preventivas implantadas.

3.4. Programas de formación sobre riesgos específicos.

            3.4.1 Programación.

Definición de la formación específica a impartir.

            3.4.2. Desarrollo.

            De acuerdo con el programa aprobado por el empresario.

 

 CONCIERTO ESPECIALIDAD DE ERGONOMÍA Y FACTORES PSICOSOCIALES

 

4.1. Evaluación de riesgos.

Realización o revisión en su caso de la evaluación correspondiente realizando los estudios específicos necesarios, en función de los riegos detectados en la evaluación general.

4.1.1. Estudio de carga de trabajo y fatiga.

4.1.2. Estudio de factores psicosociales y organizativos.

4.1.3. Mediciones de agentes ambientales relacionados con el confort /disconfort.

4.2.Determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas.

Determinación de las prioridades en relación a las medidas de prevención indicadas en la evaluación.

4.3.             Asesoramiento y supervisión del control de las eficacias de las medidas preventivas adoptadas por el empresario.

Visitas periódicas a la empresa para el control de la eficacia de la información, formación y las medidas y actividades preventivas implantadas.

4.4. Programas de formación sobre riesgos específicos.

            4.4.1. Programación.

Definición de la formación específica a realizar.

4.4.2. Desarrollo.

            De acuerdo con el programa por el empresario.

 

· VIGILANCIA DE LA SALUD

 

5.1. Funciones a realizar:        

  • Vigilar la salud de los trabajadores.
  • Análisis epidemiológicos del estado de salud.
  • Estudio de los puestos de trabajo (junto con el servicio de prevención) para establecer los posibles riesgos para la salud del trabajador.
  • Elaborar los protocolos de los exámenes de salud específicos para cada uno de los grupos de trabajo.
  • Valorar la idoneidad al puesto de trabajo.
  • Formación de los trabajadores en primeros auxilios, promoción de la salud, información sanitaria…
  • Colaborar con los servicios asistenciales.
  • Colaborar con la administración sanitaria.
  • Control médico de la reincorporación al trabajo en bajas de larga duración.

 

5.2. Participación en:

  • La evaluación de los riesgos (severidad, trabajadores especialmente sensibles…).
  • La planificación de la actividad preventiva (exámenes de salud, cursos de formación, calendario vacunal…).
  • Información y formación.
  • El Plan de Emergencia.

 

5.3. Realización de los exámenes de salud:

  • Previos: Son los correspondientes a aquellos trabajadores que todavía no trabajan en la empresa, pero están pendientes de una próxima contratación.
  • Periódicos: Los exámenes de salud específicos realizados anualmente de acuerdo con los protocolos establecidos.
  • Reincorporación al puesto de trabajo: Tras el alta laboral por una Incapacidad transitoria por enfermedad común, profesional, accidente, embarazo…

 

5.3.1. Composición de los exámenes de salud: (Aplicación de los Protocolos de Vigilancia Sanitaria Especifica)

 

5.3.1.1. Exámenes de salud Previos al inicio de contratación:

  • Historia clínico-laboral: Relación y descripción de los diferentes puestos de trabajo por los que ha pasado el trabajador en otras empresas indicando su tiempo de permanencia y la relación de los riesgos a los que ha estado expuesto.
  • Hábitos: Consumo de tabaco, consumo de alcohol, actividad física, régimen de sueño, ritmo intestinal…
  • Antecedentes: Laborales, familiares y personales relacionados con la salud del trabajador.
  • Biometría: Tensión Arterial, Talla, Peso, IMC.
  • Exploración general por aparatos y sistemas:
    • Exploración de cabeza y cuello:
      • Ojos: Reactividad pupilar, aspecto general del ojo…
      • Boca: Estado de boca y dentadura.
      • Faringe.
      • Cuello: adenopatías, bocio…
    • Auscultación Pulmonar y Cardiaca.
    • Exploración abdominal (hernias, patomegalias…).
    • Exploración de extremidades (varices, edemas…).
    • Exploración neurológica (valorar vértigos, neuropatías…).
    • Exploración músculo esquelética de aquellas zonas con sintomatología.
    • Exploración general de piel y mucosas (arañas vasculares, dermatitis de contacto, soriasis, manchas, nódulos…).

            Otras pruebas:        

    • Control visión.
      • Audiometría: (sólo por indicación médica).
      • Espirometría: (sólo por indicación médica).
      • Electrocardiograma: (para mayores de 45 años, pacientes con antecedentes y patologías).
  • Analítica:
    • Hemograma completo y VSG
    • Bioquímica: Glucosa, Colesterol total, Creatinina, Ac. Úrico, GGT, GPT,
    • Orina: Examen cito químico.

 

5.3.1.2. Exámenes de salud Iniciales:

  • Cumplimentación del cuestionario clínico – laboral
  • Historia clínico-laboral actual: Con establecimiento del puesto de trabajo que ocupa en la actualidad y los factores de riesgo inherentes.
  • Hábitos: Consumo de tabaco, consumo de alcohol, actividad física, régimen de sueño, ritmo intestinal… (por si existen variaciones).
  • Antecedentes: Laborales, familiares y personales “Relacionados con la salud del trabajador. (Por si existen variaciones)”
  • Biometría: Tensión Arterial, Talla, Peso, IMC
  • Exploración general por aparatos y sistemas:
    • Exploración de cabeza y cuello:
      • Ojos: Reactividad pupilar, aspecto general del ojo…
      • Boca: Estado de boca y dentadura.
      • Faringe.
      • Cuello: adenopatías, bocio…
    • Auscultación Pulmonar y Cardiaca.
    • Exploración abdominal (hernias, patomegalias…).
    • Exploración de extremidades (varices, edemas…).
    • Exploración neurológica (valorar vértigos, neuropatías…).
    • Exploración músculo esquelética de aquellas zonas con sintomatología.
    • Exploración general de piel y mucosas (arañas vasculares, dermatitis de contacto, soriasis, manchas, nódulos…).

            Otras pruebas:

            Control visión.

    • Audiometría.
    • Espirometría.
    • Electrocardiograma: (para mayores de 45 años, pacientes con antecedentes y patologías).
  • Analítica:
    • Hemograma completo y VSG
    • Bioquímica: Glucosa, Colesterol total, Creatinina, Ac. Úrico, GGT, GPT,
    • Orina: Examen cito químico.

·          Aplicación del Protocolo Específico de examen de salud de acuerdo al puesto de trabajo que está desempeñando:

            Trabajos de manipulación de alimentos.

    • Pantallas de visualización de datos.
    • Ruido.
    • Manipulación de cargas
    • Movimientos repetitivos
    • Trabajos en alturas
    • Trabajadores con riesgo de radiaciones ionizantes.
    • Riesgo biológico

 

5.3.1.3. Exámenes de salud Periódicos:

  • Historial clínico-laboral actual: Con establecimiento del puesto de trabajo que ocupa en la actualidad y los factores de riesgo inherentes.
  • Hábitos: Consumo de tabaco, consumo de alcohol, actividad física, régimen de sueño, ritmo intestinal… (por si existen variaciones).
  • Antecedentes: Laborales, familiares y personales relacionados con la salud del trabajador.
  • Biometría: Tensión Arterial, Talla, Peso, IMC.
  • Exploración general por aparatos y sistemas:
    • Exploración de cabeza y cuello:
      • Ojos: Reactividad pupilar, aspecto general del ojo…
      • Boca: Estado de boca y dentadura.
      • Faringe.
      • Cuello: adenopatías, bocio…
    • Auscultación Pulmonar y Cardíaca.
    • Exploración abdominal (hernias, patomegalias…).
    • Exploración de extremidades (varices, edemas…).
    • Exploración neurológica (valorar vértigos, neuropatías...).
    • Exploración músculo esquelética de aquellas zonas con sintomatología.
    • Exploración general de piel y mucosas (arañas vasculares, dermatitis de contacto, psoriasis, manchas, nódulos…).
  • Exploración médica de acuerdo con el protocolo de Vigilancia de la Salud específico.
  • Otras pruebas: (Según criterio médico y protocolo de Vigilancia específico)
    • Control visión.
    • Audiometría.
    • Espirometría.
    • Electrocardiograma
  • Analítica:
    • Hemograma completo y VSG
    • Bioquímica: Glucosa, Colesterol total, Creatinina, Ac. Úrico, GGT, GPT,

Orina: Examen cito químico

(A demás de aquellos parámetros específicos según el protocolo de Vigilancia de la Salud que le correspondería a su puesto de trabajo.)

 

5.4. Emisión de los informes médicos:

  • Informe personalizado para el trabajador:

o       .Contenido: resultados del examen de salud con las valoraciones de las exploraciones practicadas, conclusiones y recomendaciones.

o       .Presentación: en sobre cerrado, retractilado, individual y confidencial.

o       .Envio: dentro de los 10 días siguientes a la exploración médica.

  • Informe para la empresa: (Servicio de Prevención)

o       .Informe para el estudio estadístico (epidemiológico) de los resultados de los exámenes de salud para establecer las medidas preventivas pertinentes, en caso necesario.

o       .Certificado de aptitud o no para el puesto de trabajo que desarrolla cada uno de los trabajadores.

 

5.5. Metodología de trabajo:

 

            1.-Firma del contrato de Vigilancia de la Salud

            2.- Coordinación de la unidad básica de Vigilancia de la Salud con el servicio de Prevención de la Empresa para establecer un plan de actuación conjunto.

3.- Estudio de los puestos de trabajo para establecer los protocolos específicos para los exámenes de salud.

4.- Realización del plan anual de actuaciones

5.- Realización de los exámenes de salud

            6.- Realización de los informes

            7.- Establecimiento de las conclusiones

            8.- Replanteamiento de las actuaciones futuras.

 


 

REALIZACIÓN DEL MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN,

  Puesta en marcha y mantenimiento anuales

 

Los hoteles, centros escolares, hospitales, salas de fiestas, industrias, etc. deberán tener redactado e implantado un Plan de Autoprotección, y haberlo presentado ante la Dirección General de Emergencias, dependiente de la Conselleria de Interior, antes del 6 de febrero de 2005.

 

El Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Islas Baleares (LOEIB). En el anexo I de este decreto define el Catálogo de actividades e instalaciones que obligatoriamente deberán elaborar el Manual de Autoprotección, cuyo contenido se recoge en el Anexo II de la citada normativa.

 

En las actividades y establecimientos que queden excluidos del mencionado Catálogo, será de obligatoria aplicación lo prescrito en el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencias contra Incendios y de Evacuación en Locales y Edificios, aprobado por Orden del Ministerio de Interior de Fecha 29/11/1984.

 

El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado y firmado por un técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente. Serán técnicos competentes y visado por el Colegio Profesional e Ingenieros Técnicos, y Arquitectos o Arquitectos Técnicos con formación específica en materia de planes de autoprotección e inscritos en el Registro de la Dirección General de Emergencias; Técnicos de prevención de riesgos laborales de nivel superior, con especialidad en seguridad de trabajo y miembros de servicios de prevención ajenos acreditados; y Directores de seguridad de empresas acreditadas por el Ministerio de Interior.

 

El técnico competente será responsable de la adecuación del Plan de Autoprotección y el titular del establecimiento será responsable de su implantación y actualización.

 

Además, este Decreto recoge otras medidas como son la obligatoria inscripción antes de 6 de mayo de 2004 de todos los servicios públicos y privados de urgencias y emergencias de Baleares en el correspondiente Registro de la Dirección General de Emergencias; la implantación del ‘112’ como único número de teléfono de urgencias y/o emergencias; la organización y funcionamiento de la Comisión de Emergencias y Protección de la CAIB; o el establecimiento de un sistema de inspección con objeto de comprobar que los establecimientos y actividades obligados a implantar un Plan de Autoprotección lo hacen de acuerdo a las prescripciones de Manual recogido en el Anexo II.

 

Las medidas de autoprotección a las que hace referencia este decreto están en consonancia con las obligaciones que establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

 

Referencias normativas:

 

  • Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Ordenación de Emergencias en les Illes Balears (BOIB nº18, de 5/02/2004).
  • Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en les Illes Balears (BOIB nº39 de 21/03/1998).

 

Orden de 29 de noviembre de 1984, por la que se aprueba “Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencias contra Incendios y de Evacuación de locales y edificios” (BOE nº49, DFE 26/02/1985).